Reforma fiscal del 2007 de forma simplificada

La reforma fue publicada en el BOE el 29 de noviembre del 2006, Ley 35/2006. Esta es la simplificación:

  • Cuentas corrientes:
    • 2006: Los intereses generados están sujetos a una retención del 15% y a una tributación efectiva entre el 15 y el 45%, se integran en la Base Imponible General.
    • 2007: Los intereses tributarán al tipo fijo del 18%, su retención también será del 18%. Integrados en la Base Imponible del Ahorro.
    • Conclusión: Simplificación en el cálculo y mejora de la tributación si el marginal era superior al 18% o empeoramiento si era menor.
  • Depósitos :
    • 2006: Retención del 15% en los intereses generados y tributación efectiva del tipo marginal entre el 15% y el 45%. Si el depósito es superior a 2 años y 1 día, reducción del 40%. Se integran en la Base Imponible general.
    • 2007: Los intereses tributarán al 18%, y su retención será también del 18%. No habrá posibilidad de reducción para incentivar el ahorro, pero se aplicará la reducción anterior a aquellos producos contratados antes del 20 de Enero del 2006.
    • Conclusión: Simplificación en el cálculo y mejora de la tributación si el marginal era superior al 18% o empeoramiento si era menor. Adiós a los incentivos para el ahorro a largo plazo que seguirán disfrutando aquellos que contrataron estos productos antes del 20 de Enero del 2006.
  • Valores, plusvalías:
    • 2006: Ganancias generadas en más de un año, tributan al 15%. En menos de un año entre el 15% y el 45%.
    • 2007: Tributan al tipo fijo del 18%
    • Conclusión: Simplificación. No es necesario ya tener en cuenta el período en el que se generan las ganancias.
  • Valores, dividendos:
    • 2006: La base del impuesto se calculaba multiplicando el importe del dividendo por 1,4. Con derecho a deducir el 40%. Además se practica la retención del 15%. Se integra en la Base Imponible General.
    • 2007: Tributará al 18%. Quedarán exentos los primeros 1.500€ en dividendos salvo excepciones (Instituciones de Inversión Colectiva, acciones compradas o vendidas en los dos meses anteriores o posteriores al cobro de dividendos, 1 año si son valores no cotizados). Se integra en la Base Imponible del Ahorro.
    • Conclusión: Mejora la tributación para carteras significativas y un tipo marginal elevado.
  • Fondos de Inversión:
    • 2006: Ganancias generadas en más de un año tributan al 15%, en menos de un año entre el 15% y el 45%. Retención del 15%. Integrado en Base Imponible General.
    • 2007: Tipo del 18%. Integrado en la Base Imponible del Ahorro.
    • Conclusión: Simplificación, indiferencia en la permanencia del fondo.
  • Hipotecas:
    • 2006: Durante los dos primeros años hay una reducción del 25% sobre los primeros 4.507,59 €, y el 15% en el resto hasta 9.015,18€. A partir del tercer año, el primer tramo pasa del 25% al 20%, el otro sigue en el 15%.
    • 2007: Las hipotecas contratadas antes del 20 de Enero del 2006 siguen con la tributación anterior. Para las nuevas hay una reducción del 15% hasta los 9.015,18€.
    • Conclusión: Menores ventajas fiscales sobre los primeros 4.507,59 € pagados de hipoteca. Siguen las ventajas fiscales en las Cuentas Ahorro Vivienda.
  • Planes de pensiones:
    • 2006:
      • Aportaciones: Límite de 8.000 € más 1.250 € por cada año que el partícipe supere los 52, con un límite de 24.250 €.
      • Rescates: se puede aplicar la reducción del 40% si han transcurrido más de 2 años entre la primera aportación y el cobro.
    • 2007:
      • Aportaciones: Para menores de 50 años 10.000 € o el 30% sobre los rendimientos del trabajo y/o actividades económicas. Para mayores de 50, 12.500 € o el 50% sobre los rendimientos del trabajo y/o actividades económicas.
      • Rescates: tributarán como rendimiento del trabajo (entre el 24% y el 43%) sin posibilidad de aplicar reducciones fiscales. Si han transcurrido más de 2 años entre la primera aportación y el cobro se practicará la reducción del 40% por las aportaciones efectuadas hasta el 31 de Diciembre del 2006.
    • Conclusión: Establecimiento de dos tramos para los límites a reducir sobre las aportaciones en función de la edad. Los rescates tributarán como rendimientos del trabajo. Disminuye el límite de aportaciones a los planes de pensiones.

Información facilitada por uno-e.

Enlace permanente | Trackback

Publicidad

Artículos relacionados:

Ibercaja presenta el Depósito Líder 2 y un Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS).
La Agencia Tributaria crea un simulador de IRPF.
El Gobierno reducirá la comisión por cancelar anticipadamente una Hipoteca
Consejos fiscales para terminar el año 2006.
¿Qué es una SICAV?

Enlaces externos relacionados:


5 comentarios

  1. meneame.net el 11 de Enero de 2007

    En qué consiste la reforma fiscal del 2007 de forma esquemática….

    La reforma fiscal del 2007 explicada de forma esquemática y sintetizada. En lenguaje de la gente de a pie y explicando los puntos en los que les afecta de forma más directa y frecuente….

  2. www.alalza.com el 12 de Enero de 2007

    Reforma fiscal del 2007: Esquemática y clara…

    BlogAhorro ha creado un artículo en el que expone de forma clara y esquemática las diferencias propuestas por la nueva reforma fiscal y cómo afecta al usuario de diversos productos bancarios. Cuentas de ahorro, Fondos de Inversión, Valores, Planes …

  3. [...] BlogAhorro ha creado un articulo en el que expone de forma clara y esquematica las diferencias propuestas por la nueva reforma fiscal y como afecta al usuario de diversos productos bancarios. Cuentas de ahorro, Fondos de Inversion, Valores, Planes de Pensiones, Hipotecas, etc.  » noticias originales [...]

  4. JUAN BARBEIRO IBAÑEZ el 10 de Marzo de 2007

    Depositos cotizan a 18% fijo sin que sea pogresico en la renta o sea que no afecta para nada a la base imponible.

  5. [...] clientes que lo soliciten. Este nuevo producto, el PIAS, ha sido creado a raíz de la última reforma fiscal, con aportaciones máximas establecidas de 8.000 euros al año por persona y 240.000 euros durante [...]

Comenta la noticia

Nota: tus dudas no relacionadas puedes plantearlas en el Foro.

« Back to text comment

Disclaimer: El autor del blog no se hace responsable de las opiniones vertidas por terceros.


Spanish flagItalian flagKorean flagChinese (Simplified) flagPortuguese flagEnglish flagGerman flagFrench flagJapanese flagArabic flagRussian flagGreek flagDutch flagBulgarian flagCzech flagCroat flagDanish flag
Finnish flagHindi flagPolish flagRumanian flagSwedish flagNorwegian flagCatalan flagFilipino flagHebrew flagIndonesian flagLatvian flagLithuanian flagSerbian flagSlovak flagSlovenian flagUkrainian flagVietnamese flag