Cambio en las obligaciones de declarar la entrada o salida de efectivo.

Según la orden del Ministerio de Economía publicada hace 9 meses en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entró en vigor el día 13 de Febrero del 2007, es obligatorio la declaración escrita de cualquier movimiento en efectivo, con tarjetas o cheques,  superior a 10.000 euros, tanto en la entrada como en la salida del país.

Este incremento de 4.000 euros respecto a la cantidad anterior mínima para declarar, es aún inferior a la cantidad recomendada (15.000) por el Grupo de Acción Financiera contra el Blanqueo de Capitales.

La declaración se hará mediante el formulario S1, disponible en las páginas web de la Agencia Tributaria y el Tesoro Público.

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