Preguntas y respuestas acerca de los 400 euros de Zapatero.

He puesto los 400 euros de ZP porque es como se conoce en el día a día y no porque los abone de su bolsillo. A continuación pongo una serie de preguntas y respuestas que espero que aclaren muchos conceptos y falsas creencias que han estado circulando por la red desde que se anunció.

A modo de recordatorio decir que los 400 euros es una deducción aprobado en un Consejo de Ministros en Abril del 2008 y cuyo fin es incentivar la economía española. Su funcionamiento en el mayor parte de los casos (pero no el único) es el siguiente. Una minoración en la retención del IRPF en la nómina de Junio por un importe de 200 euros, y una minoración prorrateada de otros 200 euros en las siguientes nóminas hasta final de año.

Pregunta: Me retienen menos de 200 euros al mes. ¿Significa eso que no podré cobrar la totalidad de los 400 euros?.

Respuesta: Es una de las dudas más extendidas y a la vez, alimentado por la poca información que había por parte del gobierno y la rumorología. Se decía que aquellos cuya retención fuera menos de 200 euros no recibirían los 400 euros y se ponía un ejemplo similar al siguiente:

Individuo al que le retienen 150 euros al mes de IRPF: En junio vería incrementada su nómina en 150 euros, y los otros 200 los cobraría entre las restantes nóminas, en total 350 euros en vez de los 400. Este ejemplo es FALSO.
En realidad sería la siguiente: El individio vería incrementada su nómina de Junio en 150 euros y recibiría los restantes 250 en las siguientes nóminas de forma prorrateada.

Por tanto la respuesta es sí, podrás cobrar la totalidad de los 400 euros aunque tu retención no llegue a los 200 euros al mes.

Pregunta: Mi retención sumando los 6 últimos meses y Junio no llega a los 400 euros. ¿Cobraré íntegramente los 400 euros?

Respuesta: En tu caso no sufrirías retención alguna en las nóminas, y el restante podrás pedirlo en la declaración anual.

Pregunta: Y si mi retención total anual no llegara hasta los 400 euros. ¿Los cobraré íntegramente?.

Respuesta: No, únicamente hasta la cantidad retenida, 100, 200, 300 lo que sea.


Pregunta: Me he incorporado a un nuevo trabajo en Julio. ¿Recibiré los 400 euros?.

Respuesta: Sí, se prorrateará los 400 euros durante las 6 pagas que faltan hasta el máximo de retención de IRPF.


Pregunta: He trabajado hasta Mayo, y por diversas causas (poder o querer) no voy a trabajar hasta final de año. ¿Cómo podré disfrutar de los 400 euros?.

Respuesta: En la declaración del próximo año.

Pregunta: Cobro de dos pagadores, ¿cómo recibiré los 400 euros?.

Respuesta: Cada pagador actuará individualmente y recibirás por tanto hasta 800 euros. Duplicidad que deberás de devolver al hacer la próxima declaración de la renta.

eNova, la gestión de impuestos de Caixanova

CaixanovaEl servicio de banca electrónica de Caixanova, eNova, ha puesto en marcha nuevas funciones dirigidas a empresas y autónomos, de modo que estos usuarios podrán gestionar a través de la oficina virtual de la caja de ahorros la presentación y el pago de todos los impuestos de la Administración Tributaria.

Esta nueva utilidad se estructura en dos niveles: por un lado permite la presentación telemática de impuestos y el pago de los mismos a través de eNova y, por otro, se ofrece una aplicación complementaria, denominada Virtual Fisc, que actúa como un asesor fiscal virtual.

El programa cuenta con numerosas ventajas tanto para grandes empresas, como para pymes o autónomos, ya que permite realizar todos los cálculos y comprobaciones necesarias, durante y después de la introducción de datos, para presentar sus impuestos completamente verificados a la Administración. Entre otras facilidades, el empresario tendrá siempre a su disposición un sistema de información en línea que le asesorará a la hora de obtener un certificado digital de la Agencia Tributaria y podrá estar al día por lo que respecta a la normativa fiscal gracias a una constante actualización on-line. Asimismo, un histórico de datos les ahorrará introducir la misma información en repetidas ocasiones, con lo que facilitará la realización de presentaciones o resúmenes anuales.

Además, de manera complementaria, el Virtual Fisc incluye una aplicación que funciona como asesor fiscal virtual y que le avisará por correo electrónico de los periodos de presentación de impuestos a la Agencia Tributaria, así como de las novedades que puedan afectarle. El sistema, muy sencillo, consiste en la configuración de un perfil tributario mediante un asistente que determinará las obligaciones fiscales del usuario.

Entre las principales ventajas del servicio, con el que se puede realizar telemáticamente la gestión de todos los modelos tributarios, destacan el ahorro en tiempo de trabajo y en desplazamientos del personal administrativo a la oficina bancaria.
El servicio de banca electrónica de Caixanova también facilita a los particulares la presentación de la declaración de la Renta de manera cómoda y sencilla. El único requisito que debe cumplir el cliente es ser usuario de eNova.

Los interesados en utilizar este servicio sólo tienen que seleccionar la opción “Presentación IRPF” dentro de eNova y seleccionar el fichero que han preparado previamente con el programa PADRE. A continuación, si desean confirmar el envío de la declaración a la Agencia Tributaria, sólo tienen que introducir su clave de banca electrónica y se realiza el envío del fichero a la AEAT sin ningún coste para el cliente.

Fuente: Caixanova

Donar a partidos políticos desgravará.

La nueva Ley de Financiación, aprobada por todos los partidos a excepción del PP, entrará en vigor el 1 de Enero del 2008, y por tanto afectará de cara a las próximas elecciones.

Con ella se pretende incentivar fiscalmente las donaciones, que desgravarán, e incrementar las subvenciones estatales. Dichas aportaciones serán deducibles de la base imponible del IRPF en hasta 600 euros anuales.

Además la ley contempla la creación de negocios propios por parte de los partidos, que estarán exentos de tributar la ley de sociedades. Aunque tendrán que pagar el Impuesto sobre Bienes e Inmuebles de sus sedes, a pesar de estar previsto en la ley dicha exención se aceptó la enmienda presentada por el PP y IU.

Las empresas y los particulares verán incrementada la posibilidad de realizar donaciones, de los 6.000 euros actuales hasta los 100.000 euros a partir del 1 de Enero del 2008, y hasta 150.000 si van destinados a una fundación vinculada a un partido político.

La financiación pública se repartirá de la siguiente forma, un tercio se repartirá acorde a los representantes de cada partido en el congreso, y los dos tercios restantes a razón de número de votos, eliminándose el requisito de tener un mínimo del 3% de los votos (novedad que beneficia sobre todo a partidos como IU).

Deducciones del IRPF por comunidad autónoma en el 2007

Las principales deducciones del IRPF que se aplicarán por comunidad autónoma en el 2007 son las siguientes:

  • Andalucía: Deducción del 15 % del importe satisfecho por el alquiler de la primera vivienda. Deducciones a emprendedores.
  • Aragón: 500 euros de deducción por el nacimiento o adopción de un segundo hijo con incapacidad del 33%.
  • Asturias: 368 euros por acoger a mayores de 65 de forma no remunerada. Deducciones a emprendedores.
  • Baleares: 100% del importe de los libros escolares de los hijos.
  • Canarias: 1.500 euros por los gastos ocasionados por los estudios fuera de la isla de hijos menores de 25 años. La deducción por nacimiento o adopción de hijos se incrementa  un 25 %, y 400 euros si es discapacitado, por el primero y segundo, y 800, para tercero y posteriores. Deducción por guardería hasta 400 euros.  Deducción del 15 por ciento por alquiler de vivienda. La deducción por familia numerosa es de 200 euros para categoría general, 400 para la especial, con discapacitado físico en grado del 65 por ciento o superior, 500, y 1000 euros si es psíquico. Deducciones a emprendedores.
  • Cantabria: 240 euros por cada menor acogido.
  • Castilla y León: 246 o 492 euros por familia numerosa. A partir del cuarto hijo 110 euros más.  Deducciones a emprendedores.
  • Castilla-La Mancha: 100 euros por el cuidado de ascendientes mayores de 75 años.
  • Cataluña: 150 euros para contribuyentes que queden viudos. Deducción por adquisición de la vivienda.
  • Extremadura: 250 euros por cada menor acogido o en régimen “preadoptivo”.
  • Galicia: 300 euros para menores de 35 años o mujeres que se den de alta de empresarios o profesionales.
  • Madrid: Rebaja del IRPF generalizado.  0,4, 0,3, 0,2 y 0,1, puntos porcentuales de rebaja en los tramos desde las rentas más bajas a las más altas.
  • Murcia: Deducción por adquisición de vivienda para jóvenes. 15% de los gastos de guardería hasta 440 euros. 20% de inversiones domésticas para reducir el consumo de agua.
  • La Rioja: 100 euros por la adquisición de ordenadores para el entorno doméstico.
  • Comunidad Valenciana: Deducción de 400 euros para las madres por cada hijo entre 3 y 5 años.
  • País Vasco: El IRPF tendrá dos bases, general y de ahorro, el segundo con un tipo del 18%.
  • Navarra: El IRPF tendrá dos bases, general yde ahorro, el segundo con un tipo del 15%.

Cambio en las obligaciones de declarar la entrada o salida de efectivo.

Según la orden del Ministerio de Economía publicada hace 9 meses en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entró en vigor el día 13 de Febrero del 2007, es obligatorio la declaración escrita de cualquier movimiento en efectivo, con tarjetas o cheques,  superior a 10.000 euros, tanto en la entrada como en la salida del país.

Este incremento de 4.000 euros respecto a la cantidad anterior mínima para declarar, es aún inferior a la cantidad recomendada (15.000) por el Grupo de Acción Financiera contra el Blanqueo de Capitales.

La declaración se hará mediante el formulario S1, disponible en las páginas web de la Agencia Tributaria y el Tesoro Público.

Reforma fiscal del 2007 de forma simplificada

La reforma fue publicada en el BOE el 29 de noviembre del 2006, Ley 35/2006. Esta es la simplificación:

  • Cuentas corrientes:
    • 2006: Los intereses generados están sujetos a una retención del 15% y a una tributación efectiva entre el 15 y el 45%, se integran en la Base Imponible General.
    • 2007: Los intereses tributarán al tipo fijo del 18%, su retención también será del 18%. Integrados en la Base Imponible del Ahorro.
    • Conclusión: Simplificación en el cálculo y mejora de la tributación si el marginal era superior al 18% o empeoramiento si era menor.
  • Depósitos :
    • 2006: Retención del 15% en los intereses generados y tributación efectiva del tipo marginal entre el 15% y el 45%. Si el depósito es superior a 2 años y 1 día, reducción del 40%. Se integran en la Base Imponible general.
    • 2007: Los intereses tributarán al 18%, y su retención será también del 18%. No habrá posibilidad de reducción para incentivar el ahorro, pero se aplicará la reducción anterior a aquellos producos contratados antes del 20 de Enero del 2006.
    • Conclusión: Simplificación en el cálculo y mejora de la tributación si el marginal era superior al 18% o empeoramiento si era menor. Adiós a los incentivos para el ahorro a largo plazo que seguirán disfrutando aquellos que contrataron estos productos antes del 20 de Enero del 2006.
  • Valores, plusvalías:
    • 2006: Ganancias generadas en más de un año, tributan al 15%. En menos de un año entre el 15% y el 45%.
    • 2007: Tributan al tipo fijo del 18%
    • Conclusión: Simplificación. No es necesario ya tener en cuenta el período en el que se generan las ganancias.
  • Valores, dividendos:
    • 2006: La base del impuesto se calculaba multiplicando el importe del dividendo por 1,4. Con derecho a deducir el 40%. Además se practica la retención del 15%. Se integra en la Base Imponible General.
    • 2007: Tributará al 18%. Quedarán exentos los primeros 1.500€ en dividendos salvo excepciones (Instituciones de Inversión Colectiva, acciones compradas o vendidas en los dos meses anteriores o posteriores al cobro de dividendos, 1 año si son valores no cotizados). Se integra en la Base Imponible del Ahorro.
    • Conclusión: Mejora la tributación para carteras significativas y un tipo marginal elevado.
  • Fondos de Inversión:
    • 2006: Ganancias generadas en más de un año tributan al 15%, en menos de un año entre el 15% y el 45%. Retención del 15%. Integrado en Base Imponible General.
    • 2007: Tipo del 18%. Integrado en la Base Imponible del Ahorro.
    • Conclusión: Simplificación, indiferencia en la permanencia del fondo.
  • Hipotecas:
    • 2006: Durante los dos primeros años hay una reducción del 25% sobre los primeros 4.507,59 €, y el 15% en el resto hasta 9.015,18€. A partir del tercer año, el primer tramo pasa del 25% al 20%, el otro sigue en el 15%.
    • 2007: Las hipotecas contratadas antes del 20 de Enero del 2006 siguen con la tributación anterior. Para las nuevas hay una reducción del 15% hasta los 9.015,18€.
    • Conclusión: Menores ventajas fiscales sobre los primeros 4.507,59 € pagados de hipoteca. Siguen las ventajas fiscales en las Cuentas Ahorro Vivienda.
  • Planes de pensiones:
    • 2006:
      • Aportaciones: Límite de 8.000 € más 1.250 € por cada año que el partícipe supere los 52, con un límite de 24.250 €.
      • Rescates: se puede aplicar la reducción del 40% si han transcurrido más de 2 años entre la primera aportación y el cobro.
    • 2007:
      • Aportaciones: Para menores de 50 años 10.000 € o el 30% sobre los rendimientos del trabajo y/o actividades económicas. Para mayores de 50, 12.500 € o el 50% sobre los rendimientos del trabajo y/o actividades económicas.
      • Rescates: tributarán como rendimiento del trabajo (entre el 24% y el 43%) sin posibilidad de aplicar reducciones fiscales. Si han transcurrido más de 2 años entre la primera aportación y el cobro se practicará la reducción del 40% por las aportaciones efectuadas hasta el 31 de Diciembre del 2006.
    • Conclusión: Establecimiento de dos tramos para los límites a reducir sobre las aportaciones en función de la edad. Los rescates tributarán como rendimientos del trabajo. Disminuye el límite de aportaciones a los planes de pensiones.

Información facilitada por uno-e.

España será el único país de la UE con impuesto sobre el patrimonio.

Muchos criticaban ya este doble sistema impositivo, que gravaba doblemente a las personas, primero a su renta (IRPF) y de nuevo a con el Impuesto sobre el patrimonio.

Impuesto que compartíamos únicamente 5 países (Francia, Finlandia, Luxemburgo, Suecia y España) y que próximamente nos convertiremos en el único país de los 25 con tal gravámen.

Francia ha aprobado recientemente una ley en el Senado basada en un informe de la Comisión Económica que recomendaba su eliminación y por tanto, la adecuación a la sintonía Europea.

Luxemburgo y Finlandia cerrarán este ejercicio fiscal sin dicho impuesto. Y Suecia lo irá disminuyendo progresivamente (0.75% en el 2007) hasta eliminarlo por completo.

España además de haber mantenido el tipo impositivo más alto durante la vigencia del impuesto en los anteriores 4 países mencionados, se convierte ahora en uno de los pocos gobiernos de la OCDE que lo mantiene vigente. Esto provocará cierta reticencia a la hora de atraer empresas y patrimonios ante el temor de un elevado tratamiento fiscal, en contra de otros países más permisivos. Más aún sabiendo que este impuesto no ha sido actualizado con la inflación desde 1977.

Enlaces:

Expansión.com
Definición de patrimonio
Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio
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La Agencia Tributaria crea un simulador de IRPF.

La Agencia Tributaria ha desarrollado y puesto a disposición en su página web un simulador para crear la declaración de la renta 2006 para facilitar la adopción a los cambios que se producirán el 1 de Enero del 2007 en la reforma tributaria.

Se podrá acceder a dicho simulador sin necesidad de firma electrónica para poder conocer el resultado de la declaración de la renta del contribuyente para el año fiscal 2006.

Hay que señalar que el resultado de dicho simulador no tiene validez jurídica y que sirve únicamente para orientar y ayudar al contribuyente a tomar decisiones óptimas para encarar el final de año fiscal.

Enlace: Simulador de la Renta 2006

Consejos fiscales para terminar el año 2006.

Alfredo López nos da unos consejos en su blog para optimizar el fin de año fiscal:

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