Aprobado el proyecto de ley de venta de servicios financieros a distancia.

El Congreso aprobó hoy  el proyecto de ley sobre la venta a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, sometiéndola al requerimiento europeo. Sintetizo los puntos más relevantes de dicha ley:

  • Un consumidor que decida adquirir productos y servicios bancarios, de inversión o de seguros por teléfono o a través de Internet deberá recibir antes de formalizar la operación toda la información disponible sobre el producto en cuestión, aunque incomprensiblemente ya no tendrá que ser de forma gratuita, como pretendían las enmiendas introducidas en el Senado por algunos grupos.
  • Dispondremos de 14 días para desistir de la compra, sin necesidad de dar explicaciones y sin penalización alguna, plazo que se amplía a 30 días naturales en el caso de los contratos de seguros de vida.
  • Los grupos parlamentarios rechazaron una enmienda procedente del Senado, con la que se pretendía que este derecho  no se pudiera ejercer si ya ha acontecido el siniestro cuyo riesgo estaba asegurado, con lo que dejan la puerta abierta a algún tipo de estafa… (no quiero dar ideas).
  • El consumidor tampoco podrá dar marcha atrás en su decisión cuando se trate de productos cuyo precio dependa de las fluctuaciones de los mercados financieros que el proveedor no pueda controlar, como las acciones, divisas, o fondos de inversión, entre otros.
  • El consumidor podrá exigir que se anulen de forma inmediata los cargos fraudulentos o indebidos realizados con su tarjeta de crédito.
  • El vendedor y el comprador podrán someter cualquier conflicto que surja entre ellos al arbitraje de consumo, para lo que tendrán que adherirse al Sistema arbitral de consumo o a otros métodos de resolución judicial de conflictos que estén incluidos en la lista pública de la Comisión Europea.
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